Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición derogatoria única

En vigor desde 19 oct 2014
1. Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o de inferior rango que se opongan, contradigan o sean incompatibles con lo que dispone esta ley. 2. En particular, quedan derogadas la Ley 11/2001, de 15 de junio, de ordenación de la actividad comercial en las Illes Balears, y la Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 10 de mayo de 2010, por la que se regulan la adscripción, la composición y el régimen de funcionamiento del Consejo Asesor de Comercio de las Illes Balears.
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eli/es-ib/l/2014/10/15/11#disposicion-derogatoria-unica

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