Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 2.ª Estructura de los presupuestos
Art. 44
En vigor desde 1 ene 2014
La estructura de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja y de sus anexos se determinará, de acuerdo con lo establecido en esta ley, por la consejería con competencias en materia de hacienda, teniendo en cuenta la organización del sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, la naturaleza económica de los ingresos y de los gastos y las finalidades y objetivos que se pretendan conseguir.
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Proeli/es-ri/l/2013/10/21/11#art-44