Art. Disposición derogatoria única

En vigor desde 16 dic 2010
1. Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo previsto en esta Ley o lo contradigan. 2. Se mantiene la derogación del Anexo de la Ley 6/1990, de 29 de diciembre, de Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1991, en la parte de su regulación que se refiere a la tasa 15.05 por ordenación de transportes mecánicos por carretera. 3. Queda derogada la Ley 2/1982, de 21 de diciembre, Reguladora del Consejo Asesor de R.T.V.E. en Andalucía.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-an/l/2010/12/03/11#disposicion-derogatoria-unica

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil