Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO I

Art. 34

En vigor desde 1 ene 2008
El departamento competente en materia de Hacienda, en colaboración con los distintos centros gestores de gastos, impulsará y coordinará la evaluación de las políticas de gasto con la finalidad de asegurar que las mismas alcancen sus objetivos estratégicos y el impacto socioeconómico que pretenden.
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eli/es-cn/l/2006/12/11/11#art-34

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