Título TÍTULO V
Art. Disposición transitoria tercera
En vigor desde 11 dic 2003
En el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la presente Ley, el Consejo de Gobierno adecuará la estructura administrativa necesaria para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ley.
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Proeli/es-an/l/2003/11/24/11#disposicion-transitoria-tercera