Título TÍTULO VIII›Capítulo CAPÍTULO XXV
Art. 388
sexquinquagies
En vigor desde 1 ene 2015
La cuantía de la tasa será de 94,13 euros por solicitud de homologación.
Se añade por la disposición final 1.35 de la Ley 13/2014, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2015-1059
Tus anotaciones
Proeli/es-ib/l/1998/12/14/11#art-388-38