Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 2.ª Organización›§ Subsección 1.ª Órganos de dirección
Art. 65
En vigor desde 25 ago 1994
Los órganos de gobierno de las Áreas de Salud son los siguientes:
a) Órgano colegiado:
El Consejo de Dirección del Área.
b) Órgano unipersonal:
El Director del Área.
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Proeli/es-cn/l/1994/07/26/11#art-65