Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 2.ª Organización›§ Subsección 1.ª Órganos de dirección
Art. 65
65 / 129En vigor desde 25 ago 1994
Los órganos de gobierno de las Áreas de Salud son los siguientes:
a) Órgano colegiado:
El Consejo de Dirección del Área.
b) Órgano unipersonal:
El Director del Área.
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Proeli/es-cn/l/1994/07/26/11#art-65