Título TITULO V›Capítulo CAPITULO I
Art. 26
En vigor desde 26 jun 1986
Las reivindicaciones definen el objeto para el que se solicita la protección. Deben ser claras y concisas y han de fundarse en la descripción.
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Tus anotaciones
Proeli/es/l/1986/03/20/11#art-26