Título TÍTULO XIICapítulo CAPÍTULO XIII

Art. 213

En vigor desde 1 ene 2022
La tasa se devengará cuando se presente la solicitud que inicie la prestación de los servicios administrativos. No obstante, el ingreso de su importe se efectuará con carácter previo a la concesión de la autorización.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-an/l/2021/12/28/10#art-213

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil