Título TÍTULO VI

Art. Disposición adicional decimosexta

En vigor desde 1 ene 2020
El Consejo de Gobierno remitirá semestralmente, a la Comisión de Bienestar Social de las Cortes de Castilla-La Mancha, un informe sobre la situación y el estado de tramitación de las actuaciones de emergencia ciudadana a las que les son de aplicación la tramitación de urgencia, relacionadas en el anexo I de la Ley 3/2016, de 5 de mayo, en el que se recogerá el volumen de gasto presupuestado y comprometido, el volumen de pago ejecutado derivado de las obligaciones reconocidas, el número de expedientes tramitados, el estado de tramitación, y los tiempos de resolución de los procedimientos.
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eli/es-cm/l/2019/12/20/10#disposicion-adicional-decimosexta

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