Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 1.a Información sujeta a publicación
Art. 18
En vigor desde 1 ene 2020
Los sujetos incluidos en el artículo 2, respecto de su gestión económico-financiera y la de los organismos y entidades vinculadas o dependientes de la misma, harán pública y mantendrán actualizada, la información siguiente:
a) Información presupuestaria y contable.
1. o El límite de gasto no financiero aprobado para el ejercicio.
2. o El proyecto de Presupuestos y los presupuestos, con la descripción de las partidas presupuestarias anuales y los datos de su ejecución.
En el caso de la Comunidad de Madrid, el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad y la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid, incluyendo la clasificación orgánica, desglosada a nivel de dirección general, funcional, desglosada a nivel de programa y económica, desglosada a nivel subconcepto, e información actualizada y comprensible sobre su estado de ejecución, con datos al mismo nivel de detalle que el presupuesto.
3. o Las cuentas anuales que deban rendirse.
En el caso de la Comunidad de Madrid, la Cuenta General de la Comunidad (Balance, Cuenta de Resultado económico-patrimonial, Memoria, y liquidación del Presupuesto).
4. o La ejecución trimestral de los presupuestos, con los datos al mismo nivel de detalle que en los propios presupuestos.
5. o Los créditos extraordinarios, suplementos y modificaciones de créditos, relativos a los Presupuestos y su justificación.
6. o Los presupuestos de los entes y organismos del sector público (empresas públicas, agencias, sociedades mercantiles, fundaciones públicas, y demás entidades).
7. o Las cuentas anuales de las entidades del sector público.
8. o Los Informes de auditoría y de fiscalización de la Cámara de Cuentas que sobre ellos o sus entidades del sector público se emitan.
9. o Los informes sobre el grado de cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
10.º Los planes económico-financieros aprobados para el cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria, de deuda pública y de la regla de gasto.
11. o Los planes de reequilibrio aprobados para los supuestos de déficit estructural.
12. o Los planes de ajuste aprobados por medidas de apoyo a la liquidez.
13. o Los informes de seguimiento de los planes relacionados en los apartados 10.º, 11.º y 12.º anteriores.
14. o Las razones de desviación en todas aquellas partidas reales comparadas con presupuesto que excedan el 10 % de la cantidad prevista.
b) Información de los ingresos y gastos:
1. o La información básica sobre la financiación de su Administración: tributos propios, tributos cedidos, Fondo de Garantía de servicios públicos fundamentales, Fondo de suficiencia global de convergencia.
2. o En el caso de la Comunidad de Madrid, la proporción que representa el déficit/superávit público de la Comunidad Autónoma sobre el PIB regional; los ingresos fiscales por habitante: Capítulos I, II y III de Ingresos/Número de habitantes; el gasto por habitante en la Comunidad Autónoma; La inversión realizada por habitante en la Comunidad Autónoma.
3. o Los gastos de personal y su porcentaje sobre el gasto total. Asimismo, se especificarán los gastos derivados del personal directivo y eventual, así como los derivados de los liberados sindicales, expresando en todos los casos su porcentaje sobre el gasto de personal y sobre el gasto total.
4. o El gasto efectuado en concepto de arrendamiento de bienes inmuebles.
5. o Los gastos realizados en campañas de publicidad o comunicación institucional, los contratos celebrados incluyendo la información a que se refiere el artículo 22, así como los planes de medios correspondientes en el caso de las campañas publicitarias, incluyendo el desglose de gastos por campaña y presupuesto asociado por medios de comunicación y los criterios para ese reparto. Será de aplicación lo dispuesto en la legislación que regula estas materias.
6. o El gasto realizado en concepto de patrocinio.
7. o El gasto total efectuado en concepto de ayudas o subvenciones para actividades económicas.
8. o Gastos en las distintas políticas y su porcentaje sobre el gasto total.
c) Información sobre endeudamiento.
1. o El importe de la Deuda pública actual de su Administración y su evolución a lo largo de los cinco ejercicios anteriores, recogiendo, en el caso de la Comunidad de Madrid el endeudamiento público por habitante y el endeudamiento relativo (Deuda de la Comunidad de Madrid/Presupuesto total de la Comunidad de Madrid).
2. o Las operaciones de préstamo, crédito y emisiones de deuda pública, así como las entidades con las que se realizan estas operaciones en todas sus modalidades, realizadas por los entes del sector público de la Administración pública a la que pertenecen.
3. o Los avales y garantías prestados en cualquier clase de crédito por las entidades del sector público de su Administración pública.
4. o Las operaciones de arrendamiento financiero por las entidades del sector público de su Administración pública.
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Proeli/es-md/l/2019/04/10/10#art-18