Capítulo CAPÍTULO III

Art. 19

En vigor desde 21 dic 2017
La Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y el Ayuntamiento de Zaragoza ajustarán sus relaciones a los criterios de información mutua, colaboración, coordinación y respeto a los ámbitos competenciales respectivos. El Gobierno de Aragón y el Ayuntamiento de Zaragoza elaborarán el oportuno Convenio de colaboración donde se fijarán el tipo de información, su nivel de desagregación, el modo y plazos en que se hará efectivo el suministro de información, así como las aportaciones de medios materiales, humanos y, en su caso, financieras.
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eli/es-ar/l/2017/11/30/10#art-19

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