Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 72
En vigor desde 31 dic 2011
Se añade una disposición adicional, la octava, a la Ley 12/2008, con el siguiente texto:
«Octava. Referencias normativas.
Todas las referencias hechas por la presente ley, y por la normativa posterior que la desarrolla, a la Agencia Catalana de Seguridad Industrial deben entenderse hechas al órgano competente de la Generalidad en materia de seguridad industrial.»
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Tus anotaciones
Proeli/es-ct/l/2011/12/29/10#art-72