Título TÍTULO V
Art. Disposición final tercera
En vigor desde 20 sept 2014
La Junta de Castilla y León, a propuesta de la consejería competente en materia de administración local, previa aprobación inicial por la corporación correspondiente e informe del Consejo de Cooperación Local, aprobará, mediante acuerdo, los catálogos de las carreteras de titularidad de las entidades locales.
Se modifica por el .6 del Decreto-ley 3/2009, de 23 de diciembre. Ref. BOCL-h-2009-90251
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Proeli/es-cl/l/2008/12/09/10#disposicion-final-tercera