Libro LIBRO CUARTOTítulo TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO VSecc. Sección tercera. La sustitución ejemplar

Art. 425

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En vigor desde 1 ene 2009
Las normas de la sustitución pupilar se aplican a la sustitución ejemplar en la medida en que lo permita su naturaleza.
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eli/es-ct/l/2008/07/10/10#art-425-13

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