Título TÍTULO VII›Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición final cuarta
En vigor desde 4 oct 2006
Esta ley entrará en vigor a los dos meses desde el día siguiente de haberse publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
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Proeli/es-ib/l/2006/07/26/10#disposicion-final-cuarta