Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición derogatoria única
En vigor desde 1 ene 2007
Quedan derogadas todas las normas de igual o inferior rango en lo que contradigan o se opongan a lo dispuesto en esta Ley.
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Proeli/es-cb/l/2006/07/17/10#disposicion-derogatoria-unica