Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición transitoria octava

En vigor desde 11 dic 2004
Los convenios con finalidad urbanística suscritos al amparo de la disposición adicional cuarta de la Ley 4/1992, de la Generalitat, sobre Suelo No Urbanizable, continuarán vigentes hasta su extinción, conforme a dicha norma.
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eli/es-vc/l/2004/12/09/10#disposicion-transitoria-octava

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