Título TÍTULO VI
Art. Disposición adicional novena
En vigor desde 15 ene 2012
En todo lo no previsto en esta Ley, será de aplicación, en lo que proceda, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y la Ley de la Administración de la Junta de Andalucía.
Se añade por el .11 de la Ley 10/2011, de 5 de diciembre. Ref. BOE-A-2011-20374. Su anterior numeración era disposición adicional 8.
Tus anotaciones
Proeli/es-an/l/2003/11/06/10#disposicion-adicional-novena