Capítulo CAPÍTULO VI

Art. Disposición transitoria segunda

En vigor desde 9 may 2002
Al objeto de preparar la transferencia o delegación de funciones y servicios a la Comarca del Bajo Aragón, dentro del mes siguiente a la constitución del Consejo Comarcal, se creará, por Decreto del Gobierno de Aragón, una Comisión paritaria con representantes de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y de la comarca. Esta Comisión elaborará los calendarios y contenido de transferencias y delegaciones, así como las propuestas de traspasos y medios que deba recibir la Comarca del Bajo Aragón. Asimismo, en igual plazo y con los mismos fines, se constituirá la Comisión de Transferencias entre la Diputación Provincial de Teruel y la Comarca del Bajo Aragón.
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eli/es-ar/l/2002/05/03/10#disposicion-transitoria-segunda

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