Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 24
En vigor desde 12 may 1998
La producción y gestión de residuos peligrosos se considera actividad que puede dar origen a situaciones de emergencia, a los efectos previstos en las leyes reguladoras sobre protección civil.
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Proeli/es/l/1998/04/21/10#art-24