Título TÍTULO VII
Art. 76
En vigor desde 30 oct 2001
Para la instrucción de expedientes y la imposición de sanciones por infracciones a lo establecido en la presente Ley se estará a las normas reguladoras del procedimiento sancionador común.
Se añade por el de la Ley 12/2001, de 10 de septiembre. Ref. BOE-A-2001-21174 .
Tus anotaciones
Proeli/es-ga/l/1985/08/14/10#art-76