Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 23
En vigor desde 13 ene 2026
1. El Programa de Participación Ciudadana es el documento estratégico que contendrá los asuntos públicos que serán objeto de los procesos de participación previstos en esta ley.
2. El Programa tendrá carácter bienal y se aprobará por el Consejo de Gobierno a propuesta de la persona titular de la consejería competente en materia de participación ciudadana, que recopilará las propuestas realizadas por las distintas Consejerías.
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Proeli/es-cb/l/2026/01/05/1#art-23