Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 9
En vigor desde 18 mar 2022
1. La educación primaria y la educación secundaria obligatoria constituyen la educación básica, que es obligatoria y gratuita para todas las personas.
2. La educación básica comprende diez años de escolaridad y se desarrolla ordinariamente entre los seis y los dieciséis años de edad. Sin embargo, los alumnos tienen derecho a permanecer en los centros en régimen ordinario cursando la educación básica hasta los dieciocho años en las condiciones que se establezcan.
3. La educación básica debe mantener la coherencia necesaria con la educación infantil y con la educación postobligatoria y garantizará la coordinación entre las etapas que la componen para asegurar una transición adecuada de los alumnos y facilitar la continuidad de su proceso educativo.
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Proeli/es-ib/l/2022/03/08/1#art-9