Art. [preambulo]
En vigor desde 25 feb 2022
LA PRESIDENTA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA
Sepan todos los ciudadanos que el Parlamento de La Rioja ha aprobado, y yo, en nombre de su Majestad el Rey y de acuerdo con lo que establece la Constitución y el Estatuto de Autonomía, promulgo la siguiente Ley:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, establece que el Sistema Nacional de Salud es el conjunto de servicios de la Administración del Estado y de las comunidades autónomas, e integra todas las funciones y prestaciones sanitarias que son responsabilidad de los poderes públicos para el debido cumplimiento del derecho a la protección de la salud.
La citada Ley General de Sanidad configuró el Sistema Nacional de Salud, desde una perspectiva funcionalmente finalista, como el conjunto de todos los recursos materiales y humanos, de todas las estructuras y servicios públicos al servicio de la salud, para hacer efectivo el derecho consagrado en el artículo 43 de la Constitución española, incorporando al Sistema Nacional de Salud un modelo de organización caracterizado principalmente por la gestión directa tradicional en las instituciones sanitarias de la Seguridad Social.
A lo largo de las dos últimas décadas, se ha puesto en marcha un buen sistema de salud, con una amplia cartera de servicios, con una cobertura universal y equitativa en el acceso de salud de la población; sin embargo, los cambios que se han producido en la sociedad actual y la escasez crónica de profesionales sanitarios hacen necesario desarrollar estrategias que permitan garantizar la máxima calidad en la atención sanitaria a todos los ciudadanos de La Rioja, con independencia de su lugar de residencia.
Estas estrategias pasan por la plena integración de la «Fundación Hospital Calahorra» en el Servicio Riojano de Salud, bajo su ámbito de dirección y gestión, que garantice en todo momento la movilidad de los profesionales sanitarios para asegurar la cobertura sanitaria, el fomento de la equidad y excelencia pública en el trato al paciente, y el aumento de la transparencia de la citada organización sanitaria.
La Fundación Hospital Calahorra nace constituida por el extinto Instituto Nacional de la Salud (INSALUD), previa autorización del Consejo de Ministros por Acuerdo de 7 de abril de 2000, publicado por Resolución de 11 de abril, de la Secretaría General de Asistencia Sanitaria (BOE número 100, de 26 de abril), al amparo de la Ley 15/1997, de 25 de abril, sobre habilitación de nuevas formas de gestión del Sistema Nacional de Salud, consecuencia de la tramitación parlamentaria del Real Decreto-ley 10/1996, de 17 de junio.
La Ley 15/1997, de 25 de abril, tuvo por objeto ampliar las formas organizativas de gestión de los centros sanitarios y, por lo tanto, estableció la posibilidad de que estos centros del Sistema Nacional de Salud se pudieran llevar a cabo mediante cualquiera de las personificaciones jurídicas, de naturaleza pública o privada, admitidas por el ordenamiento jurídico.
La Fundación Hospital Calahorra, junto con la Fundación Hospital Alcorcón en la Comunidad de Madrid y las fundaciones Hospital Manacor y Hospital Son Llàtzer, en las Islas Baleares, han sido las personificaciones de derecho privado creadas en nuestro país al amparo de la Ley 15/1997 y del Real Decreto 29/2000, denominadas desde su origen por la mejor doctrina administrativista «fundaciones sanitarias en mano pública», conceptualmente diferenciadas de las «fundaciones públicas sanitarias» previstas en el artículo 111 de la Ley 50/1998, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, donde se establece que las fundaciones públicas sanitarias son organismos públicos, adscritos al Instituto Nacional de la Salud.
Tras la asunción competencial culminada, con fecha de efecto 1 de enero de 2002, mediante Real Decreto 1473/2001, de 27 de diciembre, sobre traspaso a la Comunidad Autónoma de La Rioja de las funciones y servicios del Instituto Nacional de la Salud, la Comunidad Autónoma de La Rioja ostenta la competencia exclusiva para la creación y gestión de un sector público propio, así como para la regulación de las fundaciones que desarrollen principalmente sus funciones en nuestra comunidad.
La Fundación Hospital Calahorra pasó a conformar parte del sector de la Comunidad Autónoma de La Rioja, como un ente instrumental del mismo, de conformidad con la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, siendo conceptualizada por esta como fundación pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja (artículo 53.2).
Desde sus orígenes la Fundación Hospital Calahorra ha sido, pues, una «fundación sanitaria en mano pública», que no una fundación pública sanitaria, y siempre ha formado parte del «Sistema Nacional de Salud», primero, como nueva forma de gestión en el ámbito del INSALUD y, más tarde y hasta la actualidad, como fundación pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja, de cuyo sector forma parte. No es la Fundación Hospital Calahorra una «administración pública» en sentido estricto, ni se somete en consecuencia al ordenamiento jurídico-administrativo, ni su personal es funcionario, sea de carrera o estatutario, sino de régimen laboral.
Resulta obvio que el modelo organizativo de las fundaciones sanitarias en mano pública no ha llegado a alcanzar en nuestro país la masa crítica precisa para su consolidación como modelo organizativo a largo plazo. Cumplidos sus fines, todas las comunidades autónomas han avanzado, a través del cauce legislativo correspondiente, hacia su integración o reversión en los servicios autonómicos de Salud.
Actualmente, no se entiende la existencia de una fundación sanitaria que no esté integrada en el Servicio Riojano de Salud, que pueda ser soportada y controlada por los poderes públicos y que la transparencia sea uno de sus ejes vertebradores; por todo ello, la plena integración de la Fundación Hospital Calahorra, como fundación pública sanitaria, dotará de estabilidad, mayor control parlamentario y mayor apoyo en los recursos y en la prestación sanitaria a los ciudadanos de La Rioja Baja.
El Parlamento de La Rioja ha abordado esta cuestión de salud en reiteradas ocasiones, alcanzándose respecto de tal necesidad un amplio acuerdo. Sirva, a título de ejemplo, por todas ellas, la resolución aprobada en el curso del debate sobre el estado de la región celebrado el 7 de septiembre de 2016, instando al Gobierno regional a integrar la Fundación Hospital Calahorra en el Servicio Riojano de Salud. Un año después, el informe respecto del estado de ejecución de las resoluciones aprobadas (BOPR número 163, serie B, de 14 de junio de 2017) relataba que tal cuestión había estado pendiente del fallo del Tribunal Constitucional en relación con un proceso de integración similar, el cual, finalmente, se produjo con la Sentencia 20/2017, de 2 de febrero de 2017 (BOE de 10 de marzo). Y en 2018, en fin, desde el Gobierno regional se reconocía en sede parlamentaria que para proceder a la requerida integración en 2018 «no es necesaria una previsión económica en los presupuestos de 2018» (BOPR número 212, serie B, de 31 de enero de 2018).
La presente ley pretende, pues, dar solución a la problemática mencionada y opta por transformar la fundación del sector público Fundación Hospital Calahorra, existente en el ámbito de nuestra comunidad autónoma, en una fundación pública sanitaria.
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Tus anotaciones
Proeli/es-ri/l/2022/02/23/1#preambulo-pr