Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición final quinta
En vigor desde 3 feb 2019
Se modifica el apartado 1 del artículo 4 de la Ley 2/1996, de 19 de noviembre, de incompatibilidades de los miembros del Gobierno y de los altos cargos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, al cual se añade un nuevo párrafo que queda redactado de la siguiente manera:
«El personal al que se refiere este artículo no puede compatibilizar su cargo o puesto de trabajo con la condición de representante electo en colegios profesionales, cámaras o entidades que tengan atribuidas funciones públicas o coadyuven con ellas.»
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ib/l/2019/01/31/1#disposicion-final-quinta