Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO III

Art. 23

En vigor desde 6 mar 2016
1. El Catálogo de información reutilizable recogerá los recursos disponibles en formatos abiertos, así como sus condiciones de actualización, de acceso y de utilización. Reglamentariamente se establecerán los procedimientos y mecanismos de coordinación que garanticen que el catálogo y sus contenidos estén continuamente actualizados. 2. El portal de datos abiertos, accesible desde el Portal de transparencia y Gobierno abierto, se configura como el punto de acceso al Catálogo de información reutilizable de la Administración general y del sector público autonómico. El portal tendrá como objetivos prioritarios la difusión y la promoción del Catálogo de información reutilizable y de las iniciativas de reutilización de la información. 3. Reglamentariamente podrán establecerse las condiciones de uso encaminadas, en todo caso, a no permitir la alteración de los datos y a acreditar debidamente su fuente. 4. El portal de datos abiertos tendrá a disposición de las personas interesadas un espacio para realizar propuestas y sugerencias sobre la información puesta a disposición en el mismo.
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eli/es-ga/l/2016/01/18/1#art-23

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