Art. 1
En vigor desde 3 abr 2015
Se crea el Colegio Profesional de Terapeutas Ocupacionales del Principado de Asturias (en adelante Colegio Profesional) como Corporación de Derecho Público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines.
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Proeli/es-as/l/2015/02/20/1#art-1