Título TÍTULO II

Art. 6

En vigor desde 14 abr 2015
1. Son especies cinegéticas, y, por lo tanto, piezas de caza, las que se determinen en el Plan general de caza de Aragón publicado en el Boletín Oficial de Aragón para cada temporada cinegética, quedando excluidas de tal categoría las especies catalogadas o sujetas a cualquier régimen de especial protección y los animales domésticos no asilvestrados. 2. A efectos de la planificación y ordenación de los recursos cinegéticos, las especies cinegéticas se clasificarán en el Plan general de caza de Aragón en dos grupos: especies de caza mayor y de caza menor.
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eli/es-ar/l/2015/03/12/1#art-6

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