Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 7.ª Concurrencia a procesos selectivos
Art. 36
En vigor desde 21 may 2014
1. El presente Capítulo tiene por objeto la regulación de la declaración oficial y pública de actividades, bienes, derechos, intereses y rentas a que están obligados los cargos públicos así como la presentación, contenido y publicidad en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de la Transparencia y de la Participación Ciudadana creado al efecto en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura.
2. Asimismo, será de aplicación a los nombrados que por cualquier disposición, con independencia de su rango normativo, se les otorgue la condición de asesores del presidente, del resto de miembros del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura y de los altos cargos definidos en esta Ley.
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Proeli/es-ex/l/2014/02/18/1#art-36