Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 33
En vigor desde 18 abr 2014
La Administración regional implementará las políticas adecuadas para la efectiva coordinación entre el sistema regional de cualificaciones profesionales y los oficios artesanos, propiciando también la creación de titulaciones específicas de especialización en oficios artesanos en el marco del Sistema Regional de Cualificaciones y Formación Profesional.
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Proeli/es-mc/l/2014/03/13/1#art-33