Art. Disposición transitoria segunda
En vigor desde 5 mar 2013
La asamblea constituyente del Colegio Profesional de Dietistas-Nutricionistas de Andalucía deberá pronunciarse sobre la gestión realizada por la comisión gestora, aprobar los estatutos definitivos del colegio y proceder a la elección de las personas que ocuparán los cargos correspondientes en los órganos de gobierno colegiales, momento en el que la corporación adquirirá personalidad jurídica y plena capacidad de obrar.
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Proeli/es-an/l/2013/02/25/1#disposicion-transitoria-segunda