Art. Disposición transitoria primera

En vigor desde 1 mar 2011
1. El personal laboral al servicio de las fundaciones del sector público Hospital Son Llàtzer y Hospital de Manacor queda automáticamente integrado como personal laboral al servicio de las nuevas fundaciones públicas sanitarias en iguales condiciones que hasta este momento le eran de aplicación, mientras no se haya completado el proceso de estatutarización. 2. Una vez completada toda la adaptación de las entidades transformadas al régimen jurídico de las fundaciones públicas sanitarias, el personal de las entidades transformadas que haya optado por la estatutarización debe ratificar esta opción.
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