Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 2.ª De la conciliación en la Función Pública canaria

Art. 44

En vigor desde 19 mar 2010
El Gobierno de Canarias impulsará medidas de flexibilización horaria y jornadas parciales, así como la creación de centros infantiles en los centros de trabajo, para facilitar la conciliación de la vida laboral y familiar de las empleadas y empleados públicos, y hacer posible un reparto equilibrado de las tareas y responsabilidades familiares domésticas.
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eli/es-cn/l/2010/02/26/1#art-44

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