Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 43
En vigor desde 15 may 2006
La responsabilidad civil o penal en la que pudieran incurrir los diferentes sujetos que intervienen en el proceso de producción, fabricación, elaboración o comercialización de bienes o prestación de servicios podrá exigirse con independencia de lo dispuesto en el presente Título.
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Proeli/es-cb/l/2006/03/07/1#art-43