Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición final segunda

En vigor desde 18 oct 2006
La presente Ley entrará en vigor a los seis meses, contados desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».
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eli/es-cl/l/2006/04/06/1#disposicion-final-segunda

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