Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 9
DerogadoEn vigor desde 8 may 2005
1. La Comisión de Responsables es un órgano consultivo de la Comisión Permanente y estará integrada por un representante de cada una de las Entidades miembros del Consejo.
2. A solicitud de la Comisión Permanente, la Comisión de Responsables emitirá informes o dictámenes sobre cuestiones relacionadas con las tareas que sean competencia de aquélla y sobre propuestas que vayan a ser presentadas a la Asamblea, para conocer de antemano la opinión de la Entidades.
3. Si la Asamblea o la Comisión Permanente así lo establecen con carácter previo, la consulta sobre asuntos concretos será preceptiva y vinculante.
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Proeli/es-cm/l/2005/04/07/1#art-9