Libro LIBRO IIITítulo TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 4.ª De la realización por persona o entidad especializada

Art. 642

En vigor desde 3 abr 2025
(Sin contenido) Se deja sin contenido, con efectos de 3 de abril de 2025, por el .54 de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero. Ref. BOE-A-2025-76#a2-4 Se modifican las referencias a "Secretarios judiciales" por la disposición adicional 1 de la Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio. Ref. BOE-A-2015-8167#daprimera Se modifica el apartado 2 por el .274 de la Ley 13/2009, de 3 de noviembre. Ref. BOE-A-2009-17493

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eli/es/l/2000/01/07/1#art-642

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