Libro LIBRO ITítulo TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO III

Art. 139

En vigor desde 8 ene 2001
Las deliberaciones de los tribunales colegiados son secretas. También lo será el resultado de las votaciones, sin perjuicio de lo dispuesto por la ley sobre publicidad de los votos particulares.
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eli/es/l/2000/01/07/1#art-139

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