Título TÍTULO IX›Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición final segunda
En vigor desde 17 jul 1999
Se autoriza al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía para dictar cuantas disposiciones sean precisas para el desarrollo y ejecución de lo previsto en la presente Ley.
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Proeli/es-an/l/1999/03/31/1#disposicion-final-segunda