Título TÍTULO IX›Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición final segunda
87 / 88En vigor desde 17 jul 1999
Se autoriza al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía para dictar cuantas disposiciones sean precisas para el desarrollo y ejecución de lo previsto en la presente Ley.
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Proeli/es-an/l/1999/03/31/1#disposicion-final-segunda