Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 10
DerogadoEn vigor desde 11 feb 1995
Serán sometidos a evaluación de efectos ambientales todos los proyectos, obras y actividades que se relacionen en la legislación sectorial y sus normas de desarrollo.
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Tus anotaciones
Proeli/es-ga/l/1995/01/02/1#art-10