Título TÍTULO III

Art. Disposición final primera

En vigor desde 8 abr 1993
En el plazo de un año de haber entrado en vigor esta Ley, el Parlamento iniciará el procedimiento para nombrar el primer Síndic de Greuges.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ib/l/1993/03/10/1#disposicion-final-primera

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil