Libro LEY POR LA QUE SE REGULA LA TUTELA DE EL PALMERAL DE ELCHE
Art. Disposición final segunda
En vigor desde 3 jun 1986
EI Consejo de la Generalidad Valenciana queda autorizado para actualizar, por vía reglamentaria, la cuantía de las multas que se fijan en la presente Ley, previo informe del Patronato.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-vc/l/1986/05/09/1#disposicion-final-segunda