Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección segunda. Del Ente público Radio Televisión Madrid

Art. Disposición transitoria quinta

En vigor desde 24 abr 1986
Hasta el momento de su consolidación, los sistemas de provisión de puestos de trabajo se resolverán sin consideración a grado personal alguno.
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eli/es-md/l/1986/04/10/1#disposicion-transitoria-quinta

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