Art. 4
En vigor desde 24 may 1984
El Himno del Principado de Asturias habrá de ser interpretado en aquellos actos oficiales de carácter público y especial significación organizados por la Comunidad Autónoma y por los municipios de Asturias.
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Proeli/es-as/l/1984/04/27/1#art-4