Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO 3
Art. 17
En vigor desde 1 ene 2026
Los organismos autónomos administrativos y mercantiles estarán sometidos al régimen presupuestario, de gestión económico-financiera y de control establecido en la ley que regula el régimen jurídico de la hacienda de la Comunidad de Madrid.
Se modifica por la disposición final 1.2 de la Ley 5/2025, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2026-3217#df
Tus anotaciones
Proeli/es-md/l/1984/01/19/1#art-17