Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección Primera. Organización y estructura de las Consejerías
Art. 40
En vigor desde 1 ene 2005
La estructura orgánica de cada Consejería, hasta nivel de Subdirección General, será fijada por Decreto del Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero respectivo, previo informe preceptivo de la Consejería de Hacienda.
Se modifica por el .2 de la Ley 5/2004, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2005-2732 . Se modifica por el de la Ley 6/1989, de 6 de abril. Ref. BOE-A-1989-12127 .
Tus anotaciones
Proeli/es-md/l/1983/12/13/1#art-40