Libro LIBRO ITítulo TÍTULO III

Art. Ley 50

En vigor desde 16 oct 2019
Familia. La familia tiene la protección jurídica del ordenamiento civil navarro que ampara las relaciones familiares derivadas del matrimonio, de la unión en pareja, de la filiación y del grupo formado por un solo progenitor con su descendencia. Son miembros de familias reconstituidas los hijos de cada progenitor que convivan en el mismo grupo familiar, sin que su pertenencia a ellas modifique el vínculo con el otro progenitor y con los efectos que el ordenamiento jurídico determine. Nadie puede ser discriminado por razón del grupo familiar del que forme parte. Se modifica por el art. 2 de la Ley Foral 21/2019, de 4 de abril. Ref. BOE-A-2019-8512 Esta modificación entra en vigor el 16 de octubre de 2019, según establece la disposición final 4 de la citada Ley Foral. Se modifica por el art. 1 de la Ley Foral 5/1987, de 1 de abril. Ref. BOE-A-1987-13331 . Se modifica por el Real Decreto Ley 38/1978, de 5 de diciembre. Ref. BOE-A-1978-29748 .

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eli/es/l/1973/03/01/1#ley-50

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